Impuestos de las Criptomonedas - Modelo 721 y Declaración de la Renta
En este artículo hablaremos sobre los documentos legales y administrativos que generan la tenencia de criptomonedas. Te ayudamos a declarar los impuestos de monedas virtuales
3/11/20242 min read
Impuesto de las Criptomonedas - Modelo 721 y Declaración de la Renta
Lo primero de todo es saber y entender que las criptomonedas son activos sujetos a impuestos en España por lo que hay que informar de las ganancias y pérdidas patrimoniales así como de los saldos en monedas virtuales que superen los 50.000 euros a 31 de diciembre.
Existen 3 declaraciones de las cuales debes estar atento:
Modelo 100 (Declaración de la Renta)
La famosa declaración anual de la renta de personas físicas. Aquí incluiremos las ganancias y pérdidas patrimoniales generadas por la venta, intercambio o permuta de dichas criptomonedas. Necesitaremos las fechas de adquisición y de transmisión y sus valores a dicha fecha.
Modelo 721 (Declaración nueva, del 1 de enero de 2024)
Es una declaración informativa sobre las criptomonedas situadas en el extranjero. Es nueva la declaración, de enero de 2024, y se debe informar a la AEAT sobre criptomonedas que poseas en plataformas que estén fuera de España, esto incluye las famosas como Binance, aunque operes en España, la sede está en el extranjero. Si supera el saldo a 31 de diciembre los 50 mil euros (el primero año que lo declaras) o si han sufrido una variación de 20 mil respecto a lo declarado del año anterior. Se informa del tipo de moneda virtual, la cantidad de monedas, el valor a 31 de diciembre y el país donde se encuentre el Wallet.
Modelo 720 (Declaración de bienes en el Extranjero)
En este modelo se declaran los bienes y derechos situados en el extranjero por lo que este modelo, ¿qué tiene que ver con las criptomonedas si ya presentamos el modelo 721?
Muy fácil, nosotros operamos con una billetera, por ejemplo Binance, o Coinbase, una cosa son las criptomonedas que poseamos y otra el dinero que tengamos depositado en el Wallet. Esto es como si tuviéramos el dinero en una cuenta bancaria situada en el extranjero, por lo que si supera el saldo a 31 de diciembre los 50 mil euros (el primero año que lo declaras) o si han sufrido una variación de 20 mil respecto a lo declarado del año anterior, tendrás obligación de declararlo.
Nosotros te ayudamos
Nosotros aparte de asesores fiscales, también somos poseedores de criptomonedas y podemos ayudarte con la fiscalidad de las monedas virtuales.
Contacta con nosotros y pide presupuesto para que te ayudemos y no tengas disgustos con hacienda.
O escríbenos por WhatsApp